Cronología de hechos
Cuando el presidente de la República, Manuel Zelaya Rosales, asumió su cargo juró: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes (artículo 322 de la Constitución).
El Presidente de la República en Consejo de Ministros emitió el Decreto Ejecutivo PCM-005-2009, mediante en el cual convocaba a una consulta cuyo último fin era la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente para emitir una nueva Constitución, que permitiera la eliminación de los artículos pétreos, lo cual es inconstitucional y constituye delito de traición a la Patria.
Hubo toda clase de reacciones en contra: el Colegio de Abogados de Honduras, Poder Judicial, Fiscalía General de la República, Procuraduría General de la República, Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Tribunal Supremo Electoral, Comisión Nacional Anticorrupción, Partidos Políticos, Iglesia Católica, iglesias evangélicas, Asociación Nacional de Industriales y Sociedad Civil.
Con fecha 25 de marzo de 2009, la Fiscalía General del Estado emitió un pronunciamiento alertando sobre la ilegalidad del Decreto Ejecutivo PCM-005-2009 del presidente de la República en Consejo de Ministros.
El ocho de mayo de 2009, la Fiscalía General del Estado inició una acción judicial ante el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo emitido por el Poder Ejecutivo, referente a una consulta para establecer la instalación de una urna y decidir sobre la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente que apruebe una nueva Constitución Política.
Con fecha 11 de mayo de 2009 la Fiscalía General del Estado emitió un nuevo pronunciamiento, reiterando lo expuesto el 25 de marzo reiterando los conceptos ya planteados en su pronunciamiento anterior.
La Procuradora General de la República, en su condición de representante legal del Estado, con fecha 20 de mayo de 2009, se apersonó en el expediente antes mencionando manifestando que se adhería a dicha solicitud.
El fallo de este tribunal de justicia se dictó con fecha 27 de mayo de 2009, suspendiendo todos los efectos del acto administrativo tácito de carácter general impugnado, contenido en el Decreto Ejecutivo PCM-005-2009 del presidente de la República en Consejo de Ministros.
Con fecha 28 de mayo de 2009 el representante Fiscal General del Estado pidió aclaración de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo suspendido.
El Decreto Ejecutivo PCM-005-2009 nunca fue publicado para que no pudiera ser atacado legalmente, conducta impropia del Poder Ejecutivo.
Con fecha 15 de junio de 2009, el representante del Fiscal General del Estado pidió al Juzgado de los Contencioso Administrativo, que se librara comunicación judicial al presidente de la República, Comisionado Vicepresidente, Secretarios de Estado, Gerente de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica, Director del Instituto Nacional de Estadística, ministra del Instituto Nacional de la Mujer, Jefe del Estado Mayor Conjunto, gerente de la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones, gerente del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados, y a la directora del Instituto de Formación Profesional que se abstuvieran de realizar actos de carácter general o particular tendientes a la elaboración de un procedimiento de consulta o interrogatorio que implique evadir el cumplimiento de la sentencia dictada en fecha 27 de mayo de 2009.
El presidente de la República en Consejo de Ministros emitió el Decreto Ejecutivo PCM-019-2009, mediante el cual anula el Decreto Ejecutivo que convocaba a una consulta relacionada con la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente para emitir una nueva Constitución, y en su lugar emite un nuevo Decreto Ejecutivo, ordenando una encuesta nacional que se llevará a cabo el domingo 28 de junio de 2009, en cuya encuesta se planteará la siguiente pregunta: ¿Está de acuerdo que en las elecciones generales del 2009 se instala una cuarta urna en la cual el pueblo decida la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente?
El nuevo Decreto Ejecutivo es el número PCM-019-2009, de fecha 26 de mayo de 2009, sólo fue publicado hasta el día 25 de junio de 2009, impidiendo que el público tuviese acceso a él, sino hasta el 26 de junio, a través de una cadena de radio y televisión.
El 25 de junio de 2009, el Juzgado de Letras Contencioso Administrativo comunicó a los magistrados del Tribunal Supremo Electoral la sentencia y la aclaración de la sentencia proferidos con fechas 27 y 29 de mayo de 2009.
Con fecha 25 de junio de 2009, el Tribunal Supremo Electoral resolvió declarar ilegal la encuesta de opinión político-electoral convocada por el Poder Ejecutivo para el domingo 28 de junio, por ser violatoria de lo que establece la Constitución de la República y la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas.
El 25 de junio de 2009, los magistrados del Tribunal Supremo Electoral y la Fiscalía General del Estado se apersonaron en las instalaciones de la Fuerza Aérea Hondureña, y dieron cumplimiento a la resolución especial emitida por el TSE, y procediendo al comiso del material relativo a la encuesta, nombrando depositario del mismo al coronel Castillo Brown, quien se dio notificado de su responsabilidad.
Con fecha 26 de junio de 2009, el Tribunal Supremo electoral se dirigió al Fiscal General del Estado, haciendo nuevamente de su conocimiento la resolución de fecha 25 de junio antes referida e informando que el pleno del TSE en compañía de miembros de la Fiscalía General del Estado se habían apersonado en las instalaciones de la Fuerza Aérea Hondureña, donde habían dado cumplimiento a la resolución especial del TSE. Junto a esta comunicación se adjuntaron los documentos que respaldaban los actos referidos en la misma.
Es importante hacer hincapié que en esta comunicación de fecha 26 de junio de 2009, el TSE informaba a la Fiscalía General del Estado que el presidente de la República, acompañado de un número de ciudadanos y ciudadanas, “se hizo presente a las instalaciones de la Fuerza Aérea Hondureña, retirando todo el material comisado por el Tribunal Supremo electoral, que se había dejado en depósito en esas instalaciones, incurriendo a nuestro juicio en un acto constitutivo de delito”. En la misma comunicación se solicitó que se ejercieran las acciones legales que en cuanto a derecho corresponden.
El presidente de la República y una turba de sus seguidores rompió el orden de la legalidad, desconoció lo resuelto por el poder Judicial, asaltó las instalaciones de la Fuerza Aérea, donde se encontraba el material en comiso, abusó de su autoridad como presidente de Honduras, expresó públicamente que no iba a respetar los fallos del Poder Judicial, y adelantó que el Poder Legislativo no era el representante del pueblo, sino él, que había sido electo presidente de Honduras.
El 25 de junio de 2009 el Fiscal General de la República presentó ante la Corte Suprema de Justicia, CSJ un requerimiento fiscal y solicitó orden de captura contra Manuel Zelaya Rosales, por acusársele de ser responsable de los delitos contra la forma de gobierno, traición a la patria, abuso de autoridad y usurpación de funciones en perjuicio de la administración pública y el Estado de Honduras.
Con fecha 26 de junio, el juez actual nombrado por la CSJ solicitó al jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Honduras, la captura del presidente de la República por suponérsele responsable de los delitos antes mencionados.
La Fiscalía General del Estado, las Fuerzas Armadas de Honduras y la Policía Nacional restablecieron el orden y la legalidad en el país.
El Congreso Nacional siguió con el procedimiento establecido en el artículo 242, referente a la sucesión presidencial.